Aquí tienes un resumen de las novedades más destacadas introducidas por el Real Decreto 465/2025 (BOE-A-2025-12199), en relación con el texto anterior del Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 1428/2003:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/06/17/pdfs/BOE-A-2025-12199.pdf
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514
🆕 Eje central de la reforma
- Actualización completa del Título IV sobre señalización.
- Inclusión en un único documento del Catálogo oficial de señales de circulación y marcas viales (ahora en el nuevo anexo I).
- Adaptación a avances tecnológicos, nueva movilidad y normativas europeas.
🔧 Modificaciones clave por artículos
- Artículo 5.3
El causante de un obstáculo deberá señalizar eficazmente tanto de día como de noche, conforme a los artículos 130 y 148 y al anexo XI del Reglamento General de Vehículos. - Artículo 15.6
Nuevas condiciones para la señalización de cargas que sobresalgan (uso de dos señales V-20 en «V» invertida y luces específicas según visibilidad y posición). - Artículo 49.2
Se especifican excepciones para circular por debajo del límite mínimo de velocidad (vehículos especiales, acompañamientos), obligando al uso de señales V-21 o V-22. - Artículo 52.2
Obligatoriedad de señalizar la limitación de velocidad en la parte posterior del vehículo. - Artículo 56 (completo)
Regulación integral de la prioridad en intersecciones, según señalización (semáforos, agentes, señales de prioridad), con infracciones consideradas graves. - Artículos 66, 68, 69
- Señalización de cañadas y pasos de ganado.
- Clarificación del uso combinado o aislado de señales acústicas y luminosas para vehículos prioritarios.
- Detalles sobre el comportamiento frente a vehículos policiales con luz roja intermitente.
- Artículos 106, 113
- Obligación de uso de luces en condiciones de baja visibilidad y redefinición de uso de luces antiniebla.
- Señalización obligatoria (V-2) para vehículos de obras, agrícolas, auxilio en carretera.
- Artículo 121.4 y 122.8
- Restricciones para monopatines, patines, etc. fuera de zonas habilitadas.
- Eliminación del artículo 122.8.
🛑 Título IV completamente renovado: Señalización
Se introducen seis nuevos capítulos:
- Normas generales: definición y naturaleza de la señalización.
- Preferencia entre señales: jerarquía (agentes > señales circunstanciales > semáforos > verticales > marcas viales).
- Formato de las señales: forma, color, dimensiones según tipo de vía.
- Aplicación: criterios de visibilidad, inscripciones e idioma.
- Retirada y alteración: se prohíbe modificar señales sin autorización.
- Tipos y significados: redefinición y reordenación clara de todas las señales (agentes, balizamiento, semáforos, verticales…).
📘 Anexos
- Se incorpora un nuevo anexo I que reemplaza al anterior Catálogo y regula detalladamente:
- Diseño, color y significado de las señales.
- Nuevas señales adaptadas a contextos actuales (e.g., nuevas formas de movilidad, tecnologías de control del tráfico).