El 7 de septiembre de 2022 se debatió y aprobó en el Senado la Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor. Esta Proposición de Ley Orgánica ha sido aprobada por las Cortes Generales por 144 votos a favor, cuatro en contra y 112 abstenciones. Por tanto, queda aprobado definitivamente por las Cortes Generales.
Ver la tramitación parlamentaria en los siguientes enlaces:
El 14 de septiembre se ha publicado en el BOE y su entrada en vigor será el 15 de septiembre.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14965
La proposición de ley orgánica propuesta modifica, en el Código Penal, los artículos 142, sobre homicidio por imprudencia menos grave, 152 sobre lesiones por imprudencia menos grave y artículo 382 bis.
Además del artículo 85 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre
En la exposición de motivos, el texto determina cómo muchos “juzgados de instrucción tienden al dictado de autos de archivo a limine incluso cuando hay indicios de imprudencia grave (…) sin una mínima instrucción que aclare la gravedad de la imprudencia”. Por ello, la norma propone que “si las lesiones son relevantes o causan la muerte, se considere objetivamente delito si el causante comete una infracción considerada como grave por la Ley de Seguridad Vial”.
Ver el contenido de las modificaciones propuestas (ANTES y DESPUES)